Pocas cosas generan más confusión al recibir un pago o liquidar una nómina que la retención en la fuente. Cada año cambian los valores, los topes y hasta las tarifas, y el 2025 no es la excepción: con un UVT de $49.799 y modificaciones normativas recientes, entender la tabla vigente se volvió urgente para empleadores, contadores y trabajadores, por lo que esta guía práctica recorre las tarifas oficiales, las bases mínimas y los cambios clave con datos verificables de la DIAN y fuentes especializadas.

UVT 2025: $49.799 ·
Base mínima general: 95 UVT ·
Tarifa máxima: 39% ·
Tarifa mínima: 0% ·
Resolución UVT 2025: Resolución 238 de diciembre 2024

Resumen rápido

1Hechos confirmados
2Qué no está claro
  • Interpretación de rangos para ingresos mixtos (salario + honorarios) (DIAN Normograma)
  • Posibles nuevos conceptos específicos durante 2025 (Notinet)
3Señal cronológica
  • Diciembre 2024: Publicación Resolución 000193 con UVT 2025 (Actualícese)
  • Enero 2025: Entrada en vigor del UVT 2025 (DIAN Normograma)
  • Junio 2025: Decreto 572 reduce bases mínimas para servicios (DIAN Normograma)
4Qué sigue
  • Ajustes en tarifas de transporte de carga: 3,5% desde junio 2025 (DIAN Normograma)
  • Monitoreo de nuevos conceptos de la DIAN para segunda mitad de 2025 (DIAN)

¿Qué es la retención en la fuente y cómo se aplica?

Definición oficial de retención en la fuente

La retención en la fuente es, según el Estatuto Tributario colombiano (DIAN Normograma – artículos 367 y siguientes), un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de renta. En la práctica, el pagador —empleador, empresa o contratante— descuenta un porcentaje del valor pagado y lo entrega al Estado a nombre del contribuyente. No es un impuesto adicional: es un anticipo que luego se descuenta en la declaración de renta.

¿Quién debe retener y quién es el sujeto pasivo?

El agente retenedor es quien paga: empresas, personas jurídicas, sociedades y, en ciertos casos, personas naturales que contratan servicios. El sujeto pasivo es el trabajador, proveedor o contratista que recibe el pago. Ambos están definidos en la normativa de la DIAN (entidad reguladora tributaria colombiana). Si eres empleado, tu empleador aplica la tabla de retención sobre tu salario mensual. Si eres contratista, tu cliente retiene según el tipo de servicio.

Lo que implica

Para un trabajador que gana menos de 95 UVT mensuales ($4.730.905), la retención es cero. Pero si supera ese umbral, el descuento puede ir de una tarifa marginal del 0% hasta el 39% en los tramos más altos, según la tabla oficial que publica Actualícese con referencia a la DIAN.

Por qué importa

El empleador que no aplica la retención correctamente se expone a sanciones de la DIAN. El trabajador que no la conoce puede terminar con una sorpresa en su declaración de renta. Conocer la tabla no es opcional: es una obligación compartida.

La implicación: la retención en la fuente no es un castigo, sino un mecanismo de pago fraccionado. Entender quién la aplica y sobre qué ingresos permite planificar mejor el flujo de caja y evitar problemas con la DIAN.

¿Cuáles son las tarifas de retención en la fuente para 2025?

Tarifas según rango de ingresos en UVT

La tabla de retención en la fuente para 2025 se organiza en rangos de UVT anuales, desde 0 hasta más de 4.100 UVT. A continuación, los tramos principales según la información publicada por Actualícese (portal especializado en normativa tributaria colombiana):

  • De 0 a 95 UVT: tarifa 0% (no hay retención).
  • De 95 a 150 UVT: tarifa marginal 19%.
  • De 150 a 360 UVT: tarifa marginal 28%.
  • De 360 a 640 UVT: tarifa marginal 33%.
  • De 640 a 945 UVT: tarifa marginal 35%.
  • De 945 a 2.300 UVT: tarifa marginal 37%.
  • De 2.300 a 4.100 UVT: tarifa marginal 39%.
  • Más de 4.100 UVT: tarifa marginal 39% (techo).

Estos porcentajes se aplican sobre el ingreso que excede el límite inferior de cada rango, más una cuota fija acumulada de los tramos anteriores. La publicación de Siempre al Día (portal de actualidad tributaria) confirma que el UVT 2025 de $49.799 es la base de todos estos cálculos.

Tabla de retención mensual para empleados

Para liquidar mes a mes, se toma el ingreso salarial depurado (salario menos aportes a salud y pensión, más ingresos no constitutivos de renta) y se compara con la tabla anual prorrateada. La información de Softland Colombia (proveedor de software de nómina) indica que quienes ganen más de 95 UVT mensuales quedan sujetos a retención, con un equivalente de aproximadamente $4.730.905.

La estructura de la tabla oficial DIAN incluye cinco rangos anuales con sus respectivas tarifas marginales y cuotas fijas. Aquí están los datos consolidados según la tabla de referencia de Notinet (portal de información jurídica):

Seis rangos, un patrón: a mayor ingreso, mayor tarifa marginal, pero la cuota fija acumulada evita que el salto sea abrupto.

Rango en UVT (anual) Tarifa marginal Ejemplo en pesos 2025 (aprox.)
0 – 95 0% Hasta $4.730.905/mes
95 – 150 19% De $4.730.905 a $7.469.850/mes
150 – 360 28% De $7.469.850 a $17.927.640/mes
360 – 640 33% De $17.927.640 a $31.871.360/mes
640 – 945 35% De $31.871.360 a $47.060.055/mes
945 – 2.300 37% De $47.060.055 a $114.537.700/mes
2.300 – 4.100 39% De $114.537.700 a $204.175.900/mes
Más de 4.100 39% Más de $204.175.900/mes

El patrón: la tabla protege a quienes ganan menos de 95 UVT (casi 4,7 millones de pesos mensuales), pero a partir de ahí la tarifa marginal sube rápido. Para un contador, el reto no es la tabla en sí, sino aplicar correctamente la depuración del ingreso antes de comparar.

¿Cuánto es el tope para no pagar retención en la fuente?

Base mínima en UVT para cada concepto

No todos los pagos tienen el mismo umbral. La información de Actualícese (portal de contabilidad y tributación) detalla las bases mínimas según el tipo de concepto:

  • Empleados (salarios): 95 UVT ($4.730.905 mensuales).
  • Transporte de pasajeros: 10 UVT ($497.990).
  • Transporte de carga: 2 UVT ($99.598) desde el Decreto 572 de 2025, según el Concepto 8536 de la DIAN (entidad reguladora tributaria).
  • Honorarios y comisiones: 27 UVT ($1.344.573), según la guía de Actualícese sobre compras.
  • Servicios en general: 4 UVT ($199.196), aunque el Decreto 572 de 2025 redujo la base no gravada a 2 UVT ($99.598) para ciertos servicios, según el Concepto 8536 de la DIAN.
  • Compras: 27 UVT ($1.344.573), de acuerdo con Actualícese.

¿Cuánto es la retención en la fuente en 2025?

En 2025, la retención en la fuente varía según el ingreso: desde 0% para ingresos inferiores a 95 UVT ($4.730.905 mensuales) hasta 39% para los tramos más altos, con un UVT de $49.799.

Ejemplo de cálculo del tope en pesos colombianos

Para un empleado que gana $5.000.000 mensuales, la depuración (restar salud y pensión: 4% cada uno = $400.000, más el auxilio de transporte si aplica) da un ingreso base de unos $4.600.000. Al estar por debajo de 95 UVT ($4.730.905), la retención es 0%. Pero si gana $6.000.000, el ingreso depurado ronda $5.520.000, superando el umbral. Allí se aplica la tarifa del 19% sobre el excedente, más la cuota fija del tramo anterior. La calculadora de Softland Colombia (software de nómina) puede ayudar con estos cálculos exactos.

En resumen: El empleado que gana menos de 95 UVT ($4.730.905) no paga retención. Pero atención: el tope para servicios bajó a 2 UVT desde junio de 2025, lo que afecta a transportadores y contratistas independientes. Para empleadores: revisar las bases mínimas por concepto es la única forma de evitar errores de liquidación.

El trade-off: un umbral más bajo para servicios significa más pagos sujetos a retención, lo que mejora el recaudo del Estado pero reduce el flujo de caja de pequeños contratistas y transportadores.

¿Cómo quedó la tabla de retención en la fuente para 2025?

Estructura de la tabla oficial DIAN

La tabla aprobada por la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia) organiza los ingresos anuales en ocho rangos de UVT, con tarifas marginales progresivas. La estructura no cambió respecto a 2024 en términos de porcentajes, pero el incremento del UVT en 5,81% (Actualícese) desplazó los puntos de corte en pesos. La Siempre al Día (portal de actualidad) confirma que los rangos anuales en UVT se mantienen idénticos, pero su equivalente en pesos subió.

Rangos de UVT y tarifas marginales

Aquí está la tabla completa de retención en la fuente para renta de trabajadores asalariados en 2025, basada en la referencia consolidada de Notinet (portal de información jurídica colombiana):

Ocho rangos, una lógica: mientras más alto el ingreso, mayor la porción que paga tarifa marginal, pero la cuota fija acumulada asegura que el salto impositivo sea gradual.

Rango anual (UVT) Tarifa marginal Cuota fija (UVT) Ejemplo anual en pesos
0 – 95 0% 0 Hasta $4.730.905
95 – 150 19% 0 De $4.730.905 a $7.469.850
150 – 360 28% 10,45 $520.000 – $1.250.000 aprox.
360 – 640 33% 69,35 $3.453.000 – $5.500.000 aprox.
640 – 945 35% 162,45 $8.089.000 – $11.000.000 aprox.
945 – 2.300 37% 269,45 $13.417.000 – $30.000.000 aprox.
2.300 – 4.100 39% 769,45 $38.300.000 – $68.000.000 aprox.
Más de 4.100 39% 1.471,45 Más de $73.200.000 aprox.

La conclusión: la tabla en sí no es nueva, pero el UVT reajustado mueve todos los puntos de corte. Para un empleado que en 2024 estaba en el límite de 95 UVT, en 2025 podría quedar por debajo y no pagar retención, o viceversa. Revisar caso por caso es la única manera de estar seguro.

¿Cuándo se retiene el 2% en retención en la fuente?

Casos donde aplica la tarifa del 2%

La tarifa del 2% no es la más común en la tabla de renta de empleados, pero aparece en conceptos específicos. Según el Concepto 16223 de la DIAN (entidad reguladora tributaria), aplica principalmente para:

  • Transporte de carga por carretera: desde el 1 de junio de 2025, la tarifa pasó a 3,5% (antes 2%), según el Decreto 572 de 2025 y el Concepto 16223 de la DIAN.
  • Arrendamiento de bienes muebles: también aplica tarifa del 2% sobre el valor del canon, según la tabla de conceptos de Notinet (portal jurídico).

Diferencias con otras tarifas

A diferencia de la tabla progresiva de empleados (0% a 39%), las tarifas fijas como el 2% o el 3,5% son proporcionales: se aplican sobre el valor total del pago, sin depuración ni rangos. La guía de Actualícese aclara que para compras la tarifa es del 2,5% (si el proveedor es persona jurídica) o del 3,5% (si es persona natural). Para servicios en general, la tarifa varía entre el 4% y el 11% según el tipo de servicio, detalla Notinet.

El detalle que marca la diferencia

Un transportador de carga que factura $5.000.000 mensuales, con la nueva tarifa del 3,5% desde junio de 2025, verá una retención de $175.000, cuando antes eran $100.000 al 2%. El cambio normativo del Decreto 572 (DIAN) impacta directamente su flujo de caja.

Por qué importa: la tarifa del 2% (ahora 3,5% para transporte de carga) es un ejemplo de cómo un cambio normativo aparentemente menor puede alterar significativamente la liquidez de pequeños empresarios y contratistas independientes.

Cronograma normativo 2024-2025

  • Diciembre 2024: La DIAN publica la Resolución 000193 (Actualícese) fijando el UVT 2025 en $49.799, con un incremento del 5,81% frente a 2024.
  • Enero 2025: Entra en vigor el UVT 2025, aplicable a todas las tablas de retención en la fuente, según Actualícese.
  • Junio 2025: El Decreto 572 de 2025 modifica bases mínimas y tarifas para servicios y transporte de carga. La DIAN emite el Concepto 8536 y el Concepto 16223 para aclarar los cambios.

El cronograma muestra que los cambios normativos se concentran a principios de 2025 y en junio, lo que obliga a los agentes retenedores a mantenerse actualizados durante todo el año.

Hechos confirmados y puntos inciertos

Hechos confirmados

  • UVT 2025: $49.799 según Resolución 000193 de diciembre 2024 (Actualícese)
  • Base mínima para empleados: 95 UVT ($4.730.905 según Actualícese)
  • Tarifas marginales de 0% a 39% (DIAN Normograma)
  • Base mínima para transporte de carga: 2 UVT desde Decreto 572 de 2025 (DIAN Concepto 8536)
  • Tarifa transporte de carga: 3,5% desde junio 2025 (DIAN Concepto 16223)
  • Base mínima para compras: 27 UVT (Actualícese)
  • Base mínima para servicios: 4 UVT (reducida a 2 UVT para ciertos servicios por Decreto 572) (DIAN Concepto 8536)

Qué no está claro

  • Posibles ajustes adicionales en tarifas para conceptos específicos durante el resto de 2025.
  • Interpretación de la DIAN para ingresos mixtos (salario + honorarios de varias fuentes).
  • Alcance exacto del Decreto 572 sobre servicios de tecnología y consultoría.

“La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de renta que busca que el fisco reciba los recursos de manera progresiva durante el año gravable, en lugar de esperar la declaración final.”

— Estatuto Tributario colombiano, artículos 367 y siguientes (DIAN Normograma)

“La actualización del UVT para 2025, con un incremento del 5,81%, desplaza los puntos de corte de la tabla de retención, lo que obliga a empleadores y contadores a recalcular las bases mínimas para cada concepto.”

— Análisis de Actualícese (portal de contabilidad y tributación colombiana)

“El Decreto 572 de 2025 introdujo cambios significativos en las bases mínimas de retención para servicios y transporte de carga, reflejando una política de ajuste progresivo del sistema tributario colombiano.”

— DIAN Normograma, Concepto 16223 de 2025

Para empleadores y contadores en Colombia, la decisión es clara: actualizar las tablas de liquidación con el UVT 2025 de $49.799 y las nuevas bases mínimas del Decreto 572, o exponerse a sanciones por retención incorrecta.

Para quienes necesiten proyectar sus cálculos al año siguiente, el valor oficial de la UVT 2026 facilita la actualización de las bases mínimas y topes.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el UVT para 2025?

El UVT para 2025 es de $49.799, según la Resolución 000193 de diciembre de 2024 (Actualícese).

¿Cuánto es la base mínima para retención en la fuente en 2025?

Para empleados, es de 95 UVT ($4.730.905 mensuales). Para servicios, 4 UVT ($199.196), aunque el Decreto 572 redujo la base no gravada a 2 UVT para ciertos servicios. Para compras, 27 UVT ($1.344.573), según Actualícese.

¿Cuáles son las tarifas de retención en la fuente para empleados?

Van desde 0% (ingresos hasta 95 UVT) hasta 39% (ingresos superiores a 2.300 UVT anuales), según la tabla oficial de la DIAN (Concepto 8536).

¿Cómo calcular la retención en la fuente manualmente?

Se toma el ingreso mensual depurado (salario menos aportes a salud y pensión), se compara con la tabla de rangos en UVT, se identifica el tramo, se aplica la tarifa marginal al excedente y se suma la cuota fija del tramo anterior. La calculadora de Softland Colombia facilita el proceso.

¿Qué conceptos tienen base mínima diferente a 95 UVT?

Transporte de pasajeros: 10 UVT ($497.990). Transporte de carga: 2 UVT ($99.598). Honorarios y comisiones: 27 UVT ($1.344.573). Servicios: 4 UVT ($199.196), con reducción a 2 UVT para ciertos servicios desde junio de 2025, según el Concepto 8536 de la DIAN.

¿Cuándo se retiene el 0%?

Cuando el ingreso mensual depurado del empleado no supera 95 UVT ($4.730.905). También aplica 0% en ciertos conceptos como indemnizaciones laborales o pagos no gravados, según el Estatuto Tributario (DIAN).

¿Cuál es la diferencia entre retención en la fuente y retención de IVA?

La retención en la fuente es un anticipo del impuesto de renta. La retención de IVA es un mecanismo similar pero aplica al Impuesto al Valor Agregado. Ambas las practica el agente retenedor, pero sobre bases y tarifas distintas, según la DIAN.

¿Dónde consultar la tabla oficial actualizada?

En el sitio web de la DIAN Normograma y en portales especializados como Actualícese y Siempre al Día.

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